La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz ha solicitado este viernes a la Fiscalía y al Defensor del Pueblo que actúen contra el convenio de la Comunidad de Madrid que regula las condiciones laborales de los empleados públicos de la región hasta 2028, informan en el Ministerio. Este departamento considera que ese acuerdo “restringe el derecho a protestar de los trabajadores públicos”. El convenio es fruto de un acuerdo entre la comunidad madrileña y los sindicatos CSIT Unión Profesional, CC OO Federación de Servicios a la Ciudadanía de Madrid, CSIF y UGT Servicios Públicos Madrid.
En concreto, se trata del Acuerdo de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid, aprobado el pasado 11 de diciembre y publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el pasado 23 de diciembre.
El artículo 10 y la disposición adicional décima abren la puerta a que, en caso de que los sindicatos que suscriben el convenio promuevan “huelgas, concentraciones, manifestaciones, campañas o cualquier otra medida de conflicto colectivo”, la Administración pueda acordar la “suspensión de la implantación de la carrera profesional horizontal, incluida la interrupción de sus efectos retributivos” del personal a su servicio. La ley actual permite a las empresas dar de baja a los trabajadores que participen en una huelga durante esa jornada y descontar su salario de ese día de la nomina mensual. Pero en este caso, se va notablemente más allá, permitiendo que el empleador, en este caso la Comunidad de Madrid, retire los complementos por implantación de la carrera profesional a los participantes no solo en huelgas sino también en cualquier otro tipo de protesta laboral.
El Ministerio de Trabajo ha remitido este mismo viernes sendas cartas a la Fiscalía y el Defensor del Pueblo en las que advierte “que una cláusula de esta naturaleza, que castiga el ejercicio de derechos fundamentales como los de reunión, manifestación o libertad de expresión, constituye un atentado evidente a los derechos fundamentales”. Y añade que “supone una degradación de la participación democrática de las personas trabajadoras todavía más llamativa, si cabe, al producirse en los convenios colectivos que rigen las relaciones laborales de los empleados públicos de una Comunidad Autónoma, en este caso la de Madrid”.
Trabajo considera que se trata de una cláusula de paz “que desborda lo admisible para este tipo de contenidos obligacionales, generando efectos más allá de las organizaciones firmantes y generando de forma asombrosa consecuencias negativas para las personas trabajadoras más allá de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de libertad sindical”.
El Ministerio señala, además, que el convenio y el acuerdo pueden ser impugnados porque “conculcan la legalidad constitucional vigente y lesionan gravemente el interés de terceros”. De esta forma, Trabajo ha procedido a instar a la Fiscalía a que realice los trámites oportunos para la impugnación del convenio colectivo, así como las actuaciones penales que en su caso resultasen procedentes. Es más, Trabajo ha solicitado a la Fiscalía y al Defensor del Pueblo que actúen de oficio ya que son las instituciones competentes ante la inhibición de la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid que ha publicado los textos.
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Source: elpais.com