El Supremo dice que la pensión compensatoria en un divorcio es obligatoria aunque el ex cónyuge pueda trabajar

La pensin compensatoria tiene como finalidad, «y de ah su denominacin», compensar el desequilibrio que se produzca en el momento de la separacin o el divorcio, y no constituye un sistema de equilibrio de patrimonios de los cnyuges, afirma el TS

Los miles de divorciados y divorciadas que hay en Espaa pueden ver como su situacin econmica cambia tras una sentencia del Tribunal Supremo. Este organismo ha establecido que, en caso de divorcio, existe la obligacin de abonar la pensin compensatoria aunque el cnyuge pueda trabajar o recibir ayudas pblicas, ya que dicha pensin tiene por objeto corregir el desequilibrio econmico causado por la separacin o el divorcio, informa Efe.

En una sentencia fechada el pasado 28 de noviembre a la que ha tenido acceso Efe, la sala de lo civil ha estimado el recurso de una mujer contra un fallo de la Audiencia Provincial de Crdoba de enero de 2024.

Se trata del caso de un matrimonio cuya sentencia de divorcio estipulaba una prestacin alimentaria de 300 euros para el hijo y una pensin compensatoria de 700 euros para la madre, que fue recurrida por el marido en un juzgado de primera instancia, que le dio la razn.

Ahora, el Supremo anula la decisin del juzgado y obliga al marido, que recibe una pensin de gran invalidez de ms de 2.300 euros, a abonar a su ex mujer los 700 euros.

La Sala recuerda que la pensin compensatoria tiene como finalidad, «y de ah su denominacin», compensar el desequilibrio que se produzca en el momento de la separacin o el divorcio, y no constituye un sistema de equilibrio de patrimonios de los cnyuges, ni de los ingresos que cada uno obtenga de sus respectivos sueldos o pensiones.

En el presente caso, el desequilibrio econmico sufrido por la recurrente «es patente», ya que no dispone de ingresos propios y es la que se ha encargado durante los aos del matrimonio del cuidado de la familia, tanto de los hijos como de su marido, aquejado de problemas de visin, alcohol y drogas.

Tambin se ocup de la atencin y de las necesidades del hogar, lo que «ha mermado sus posibilidades de formacin y desarrollo profesional», y «tanto su edad como su falta de cualificacin acadmica y profesional limitan de manera evidente su insercin en el mercado laboral y su capacidad para generar de forma personal e independiente recursos econmicos suficientes».

El marido, en cambio, percibe una pensin por gran invalidez de 2.300 euros mensuales y «aunque es verdad que en este momento satisface en concepto de alimentos a uno de sus hijos mayores una pensin mensual de 300 euros, sigue disponiendo, dado el importe de su pensin, de una base econmica slida para hacer frente a sus propias necesidades y para pagar a la recurrente».

Que la exesposa pueda trabajar «no significa, por razones de edad y falta de formacin, que vaya a encontrar trabajo, ni que pueda incorporarse fcilmente al mercado laboral, ni que pueda hacerlo en sectores que ofrecen ingresos suficientes para su subsistencia».

La compensacin econmica, reiteran los magistrados, tiene un fundamento jurdico especfico, que es corregir el desequilibrio econmico causado por la separacin o el divorcio, pero «no suplirlo con recursos estatales que estn establecidos y destinados para atender situaciones de vulnerabilidad de diferente naturaleza».

La posibilidad de que la recurrente acceda a ayudas pblicas no elimina el desequilibrio econmico ni exime al recurrido de su obligacin de contribuir a corregirlo mediante una pensin compensatoria, concluye la sentencia.

Est claro que los divorcios estn pensados para los ricos . Los pobres cuando se divorcian lo nico que les queda es compartir miseria , la mitad de mi miseria para ti y la otra mitad para m , hay que tener en Espaa mucha moral y ganas de casarse ( o cualquier otro vnculo ) y tener hijos , demasiado riesgo para un pobre desgraciado que dependa de un sueldo mensual normalito y corriente. Es el Nuevo Socialismo , que los pobres se repartan la precariedad y la escasez, todos iguales en la pobreza. Ya vendrn tiempos mejores …