La Fiscalía avala la eutanasia a Noelia, quien tomó una decisión “firme, libre y autónoma”

La Fiscalía de Barcelona se ha pronunciado, por primera vez, sobre el fondo del caso de Noelia C., la joven parapléjica de 24 años que está a la espera de recibir la eutanasia. El ministerio público considera que cumple “los requisitos” que prevé la ley para recibir la prestación de ayuda a morir y que su decisión es “firme, libre y autónoma”, según una nota difundida este martes. El pronunciamiento llega después del primer juicio en España sobre el derecho a la muerte digna. El proceso ha sido impulsado por la organización Abogados Cristianos en nombre del padre de Noelia, que se opone a la eutanasia y . La Fiscalía considera no obstante que el padre “tiene interés legítimo para intervenir como demandante”, una idea que entidades como la asociación Derecho a Morir Dignamente rechazan porque consideran que abre una grieta en la aplicación de la ley.

Tras quedar en silla de ruedas por un intento de suicidio (se arrojó desde la quinta planta de un edificio), Noelia solicitó que se le aplicara la eutanasia. En julio de 2024, la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña (CGAC, el órgano independiente que vela por la correcta aplicación de la ley) dio su visto bueno. Los técnicos concluyeron que Noelia padece “una dependencia grave, dolor y sufrimiento crónico e imposibilitante” que incide en su autonomía y en sus quehaceres diarios. Cumple, así, uno de los dos supuestos que contempla la norma, aprobada en 2021. La eutanasia quedó programada para el 2 de agosto. Pero el padre recurrió la decisión de la administración y solicitó, como medida cautelar, que se suspendiera. Un juzgado de Barcelona acordó la medida en el último suspiro y el caso quedó pendiente de juicio.

La jueza dio a las partes un plazo de cinco días para elevar sus conclusiones (así se hace en el procedimiento contencioso-administrativo) antes de tomar una decisión. En el informe presentado ahora, la Fiscalía avala la eutanasia, pero introduce un elemento clave: considera que el padre de la chica “tiene interés legítimo para intervenir como demandante en el procedimiento”. La ley de eutanasia solo prevé que el afectado pueda recurrir la denegación de la prestación, pero no contempla que terceros lo hagan en su nombre. La jurisdicción contenciosa, sin embargo, permite discutir decisiones de la Administración (en este caso, la resolución favorable de la CGAC a la eutanasia de Noelia), siempre y cuando el demandante tenga un interés “legítimo”.

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