El Constitucional ha concedido amparo a una mujer a la que por sentencia de divorcio se le atribuyó en exclusiva la guarda y custodia de su hijo menor, pero imponiéndole su ejercicio en la ciudad en que vivía su entonces marido, de donde se había marchado por razones de violencia de género. Hasta 2020, la demandante, O.V.R. vivió en Vitoria con el menor y su esposo, y a partir de dicho año se trasladó a la ciudad de A Coruña, lugar de residencia de los abuelos maternos. Fue entonces cuando presentó la denuncia por violencia de género contra el padre de su hijo. Sin embargo, en julio de 2021 el juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Vitoria atribuyó a O.V.R. dicha guarda y custodia del menor con la citada condición de ejercerla en la ciudad de procedencia.
El tribunal añade que al no identificar los beneficios concretos que reportaba al menor su regreso a Vitoria, dicha resolución supuso también una restricción sin respaldo legal de sus libertades de circulación y residencia. En su sentencia, la Sala Segunda recuerda que los jueces y tribunales están sometidos a “un canon reforzado de motivación” cuando toman decisiones que afectan al interés superior del menor. El fallo añade que al adoptar este tipo de decisiones, los jueces habrán de tener en cuenta su deber de prevenir y proteger al menor de la violencia. Un deber que, se advierte expresamente, “se predica frente a los contextos de violencia de género”. Y subraya que ello implica “una obligación de prevención y protección contra la violencia de los hijos e hijas de mujeres víctimas de violencia machista”.
La resolución estima, asimismo, que la demandante vio vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva cuando no se le dejó otra alternativa que la de trasladarse a la ciudad de residencia de su presunto maltratador “sin concretar los beneficios que dicha decisión reportaría a su hijo menor”. La sentencia ha contado con los votos en contra de los magistrados Enrique Arnaldo y César Tolosa ―pertenecientes al bloque conservador del tribunal―, quienes presentarán su voto discrepante por escrito.
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Source: elpais.com