El Consejo de Ministros ha aprobado este martes en segunda vuelta la ley de protección de los menores en entornos digitales. Y con ello ha dado luz verde a una reforma en el Código Penal para incluir nuevos delitos contra los montajes realizados por inteligencia artificial (IA) que ataquen a los menores de edad.
Para aquellos que quebranten la ley se impondrán penas de cárcel de uno a dos años. Si fuera el caso de que la difusión se realiza a través de redes sociales o por cualquier medio que permita su acceso a un público amplio, la pena mínima de prisión será de un año y medio.
Además y por primera vez, se establece una regulación específica del ‘grooming’, que implica la creación de una identidad falsa con el objetivo de engañar a un menor para cometer un delito sexual. Esto puede hacerse mediante una identidad inventada o simulando características personales distintas a las reales, como la edad o el género. Para abordar esta problemática, se introducen nuevas formas agravadas en varios artículos del Código Penal (181, 182, 183, 185, 186, 188 y 189), en el marco de la reforma impulsada por el ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños.
La normativa, que se mantiene prácticamente intacta desde su aprobación el pasado junio y después de que dieran luz verde , gira sobre dos ejes: por un lado alejar a niños y adolescentes de los peligros de internet, y por otro garantizar mecanismos necesarios para que puedan hacer un uso adecuado y seguro de la tecnología.
Para ello, la norma incluye varias herramientas para evitar posibles ‘puntos de fuga’ que habiliten que el menor finalmente acceda a contenido que no debería ver debido a su edad o a los intereses de los progenitores.
La primera de ellas es la inclusión de un control parental de manera gratuita y obligatoria que deberá venir instalado de fábrica en todos los productos electrónicos inteligentes (en concreto en teléfonos móviles, tabletas, ordenadores y Smart TV), para que los menores no puedan sortear esta medida.
En el entorno educativo, se tanto en las aulas como en las extraescolares y en el recreo. En el informe de expertos previo al desarrollo de la ley, se apuntaba a que en Educación Infantil no se utilizarán dispositivos digitales individuales, aunque se permitirá el uso de herramientas didácticas colectivas bajo la supervisión adecuada del profesorado. Eso sí, siempre y cuando el menor tenga al menos 3 años.
Source: www.abc.es