Israel asaltó el miércoles los barcos de la flotilla Global Sumud en aguas internacionales, donde rige el derecho a la libre navegación. Fue, por tanto, una operación “completamente ilegal”, según coinciden dos juristas consultados por EL PAÍS y han denunciado este jueves los gobiernos de países como Qatar o Turquía. La Comisión Europea ha pedido a Israel que “respete el derecho internacional”, dando a entender que lo había vulnerado, aunque no ha llegado a condenar la operación. La ONU sostiene que con la interceptación de la flotilla, que transportaba ayuda humanitaria, el Gobierno de Benjamín Netanyahu amplía su “bloqueo ilegal de la Franja”.
Basa su argumentación en el Manual de San Remo de 1994, que regula las leyes de guerra en el ámbito naval y pertenece al derecho consuetudinario: es decir, las normas que nacen de los usos y costumbres y que reconoce la comunidad internacional. Ese manual contiene el derecho de los Estados a imponer bloqueos navales en situaciones de conflicto, pero también que —en defensa de otro derecho, la libertad de navegación— su ejercicio debe depender de una sospecha razonable de que el navío transporta armamento o supone una amenaza para el país que lo impone. Lo que no era el caso de la flotilla.
Israel también recuerda el denominado informe Palmer de 2011. Lo elaboró un panel nombrado por el entonces secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, a raíz del asalto del Mavi Marmara, un barco de la Flotilla de la Libertad que también se dirigía a Gaza con ayuda humanitaria y en el que las tropas israelíes mataron a diez activistas, originando una crisis diplomática entre Israel y Turquía. El informe criticaba a Israel por hacer un “uso desproporcionado” de la fuerza, pero validaba su bloqueo naval. Sin embargo, un panel independiente de expertos en derechos humanos de la ONU lo contradijo ese mismo año. El bloqueo, señaló, es una “flagrante vulneración de los derechos humanos internacionales y el derecho internacional”.
La cuestión es que, más allá del Manual de San Remo o del informe Palmer, la ONU considera ilegal la ocupación de los territorios palestinos desde la Guerra de los Seis Días de 1967, incluida técnicamente Gaza, incluso cuando Israel retiró sus colonos y soldados en 2005. Y que, en el derecho internacional, las restricciones no son un derecho absoluto en sí mismo. Su justificación militar no puede dejar al margen su claro impacto sobre una población de la que, además, Israel, en tanto que potencia ocupante, es responsable. El bloqueo naval viene restringiendo también la entrada de alimentos, medicamentos o agua a la Franja.
Si la acción contra la flotilla fue un acto ilegal, ¿cabe denunciar a Israel ante alguna instancia penal internacional? El catedrático Jaume Saura ve improbable que salga adelante: “Israel no reconoce la jurisdicción del Tribunal Internacional del Derecho del Mar ni de la Corte Penal Internacional. En cambio, en el Tribunal Internacional de Justicia sí se le ha podido abrir una causa por genocidio, pero únicamente porque Israel sí es firmante de la Convención contra el Genocidio. Una denuncia por otros delitos tiene escaso margen para prosperar”, opina. El jurista sí apunta, en todo caso, a la posibilidad de explorar una vía distinta: que los miembros de la flotilla presenten una denuncia por detención ilegal ante los tribunales israelíes; y, si no tiene éxito, que sus Estados actúen en protección diplomática para defender los derechos de estos ciudadanos.
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Source: elpais.com
