La CEOE abandona la mesa para la reforma del despido porque la «premisa principal no es cierta»


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C. P. S.

Madrid

Miércoles, 22 de octubre 2025, 20:37

«Os anuncio –decía Garamendi a los empresarios-, lo habíamos decidido a la mañana el comité ejecutivo, que en el caso de los despidos es algo que realmente la justicia nos ha dado la razón, por lo que no vamos a ir a una mesa donde la premisa principal es que no es cierta», argumentó para anunciar que por primera vez en la historia se levantaba de una mesa de negociación con el Gobierno.

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Garamendi criticó al Gabinete de Pedro Sánchez al recordar que el propio Ejecutivo «dice que son los sindicatos los que tienen que hacer la propuesta», al tiempo que ironizó con la posibilidad de que otro Gobierno hubiera dicho que la propuesta la debía hacer la CEOE. «Hubiera sido un escándalo», manifestó durante la clausura de la asamblea general ordinaria de la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme).

Por otra parte, también abrió la puerta a «recurrir» la subida del salario mínimo interprofesional (SMI), arguyendo que esta es la línea que se ha decidido tomar en el comité ejecutivo. «Hay cosas que tendremos que parar», manifestó, aludiendo a que si se empiezan a «plantear temas» en torno al SMI con los que no están de acuerdo tendrán que ir «lógicamente al recurso, porque es lo que su gente necesita».

La reforma del despido está recogida en el programa de gobierno de PSOE y Sumar y responde, además, a la interpretación que ha hecho de la normativa española el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS). En concreto, el CEDS, con sede en Estrasburgo, condenó a España por «vulnerar» la Carta Social Europea en lo que respecta a la indemnización por despido improcedente (33 días por año trabajado), que considera insuficiente y no disuasoria para el empresario.

Así lo determinó en dos resoluciones, una en julio de 2024 y otra en junio de 2025, que emitió a raíz de las denuncias presentadas por UGT y CCOO contra España por incumplir el artículo 24 de la Carta Social Europea referido a la protección de los trabajadores en caso de despido.

Las denuncias sindicales ante el CEDS indicaban que el Derecho español no permite a los trabajadores reclamar una indemnización vinculada al daño real sufrido en caso de despido improcedente ni permite que ésta sea «mínima, accesible y efectiva» para que tenga un efecto disuasorio.

Los sindicatos, animados por las resoluciones del CEDS y sabiendo que esta reforma forma parte del programa de gobierno, instaron a Díaz a convocar la mesa de negociación lo antes posible para reformar la ley. En concreto, pretenden que la indemnización por despido sin causa sea realmente disuasoria y repare el daño causado al trabajador, teniendo además en cuenta sus circunstancias personales.

No obstante, el Tribunal Supremo dictó el pasado mes de julio una sentencia en la que establecía que no se puede incrementar por vía judicial esta indemnización. No obstante, ello no supone una vulneración del artículo 10 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ni tampoco del artículo 24 de la Carta Social Europea revisada, en los que sólo se indica que la indemnización debe ser adecuada.

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